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- La LXII Legislatura mexiquense avaló sancionar con hasta 10 años de prisión a las personas servidoras públicas de procuración y administración de justicia que incurran en corrupción, omisiones, negligencia u obstrucción de investigaciones sobre delitos cometidos contra mujeres por razones de género.
Juan Ignacio Corro
Toluca, Estado de México, a 10 de septiembre de 2025
La LXII Legislatura mexiquense aprobó imponer hasta 10 años de prisión a las personas servidoras públicas de procuración y administración de justicia que, obligadas a investigar o sancionar delitos cometidos contra mujeres por razones de género, incurran en corrupción, omisiones, negligencia u obstrucción de la investigación o la administración de justicia, en perjuicio del derecho de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación del daño.
El dictamen, leído por la diputada Jennifer Nathalie González López establece una pena de cuatro a 10 años de prisión, así como sanciones de 100 a 150 días multa y la destitución o inhabilitación para el cargo por las conductas descritas.
El documento, avalado por unanimidad en sesión deliberante del Congreso mexiquense, modifica el Código Penal y la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, ambos estatales. En este último ordenamiento se precisa que corresponde a la Fiscalía General de Justicia del Estado de México investigar, con perspectiva de género y debida diligencia, todas las muertes violentas de mujeres y niñas, bajo el protocolo del feminicidio.
Cabe señalar que el decreto retoma modificaciones planteadas por Irinea Buendía Cortés, madre de Mariana Lima Buendía, víctima de feminicidio el 29 de junio de 2010 en Chimalhuacán, para incorporar parámetros establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) en la sentencia del 25 de marzo de 2015 relacionada con el caso de su hija y el proceso judicial que inicialmente le negó justicia.
Dicha sentencia permitió reabrir la investigación sobre la muerte de Mariana Lima Buendía y ordenó realizar todas las diligencias necesarias con perspectiva de género, a fin de determinar las circunstancias de su muerte y esclarecer si se trató o no de un feminicidio. El caso se convirtió en un precedente histórico para la investigación de las muertes violentas de mujeres en México. Por este motivo, a la iniciativa se le denominó ‘Mariana Lima Buendía’.
La legisladora Jennifer Nathalie González indicó que la propuesta nació del dolor de muchas familias, madres, hijos y hermanos que han luchado y recorrido calles, instituciones e instancias por actos de injusticia, como el caso de Irinea Buendía, a quien agradeció, al igual que a colectivos y personas defensoras jurídicas, por su participación para establecer que la justicia no dependa de una interpretación aislada, sino que se garantice en el marco legal.
En este sentido, subrayó que la reforma no es únicamente punitiva, pues impulsa un cambio cultural y administrativo de justicia, lo cual asegura que todas las muertes violentas de mujeres no sean minimizadas. Expresó que presentó el dictamen ante el Pleno legislativo con un profundo sentido de justicia, honor, responsabilidad y, sobre todo, de dignidad.
Cabe precisar que el Código Penal estatal vigente establece penas de 40 a 70 años de prisión por feminicidio y transfeminicidio, además de multas de 700 a 5 mil días, las cuales pueden incrementarse en una tercera parte por diversas agravantes.




