En marcha descuentos y bonificaciones por impuesto predial y derechos de agua potable en 2026

  • Avalan bonificación del 8 por ciento, 6 y 4 en enero, febrero y marzo, respectivamente, por impuesto predial y derechos de agua potable
  • Las personas de escasos recursos o condiciones de vulnerabilidad tienen una bonificación del 38 por ciento

Juan Ignacio Corro

Ecatepec, Estado de México, a 8 de enero de 2026

El Cabildo de Ecatepec votó a favor de la campaña de bonificaciones en el pago de los derechos por los servicios de suministro de agua potable, drenaje, alcantarillado y recepción de los caudales de aguas residuales para su tratamiento, dirigida a los contribuyentes que realicen su pago anual de manera anticipada, a los contribuyentes cumplidos, a aquellos que reciben el servicio de agua de manera intermitente y a los que pertenecen a algún grupo vulnerable.

Así, se otorgará una bonificación equivalente al 8 por ciento, 6 por ciento y 4 por ciento sobre su importe total cuando se realice en una sola exhibición durante los meses de enero, febrero y marzo, respectivamente, del Ejercicio Fiscal 2026.

Junto con un estímulo adicional por cumplimiento, consistente en una bonificación del 4 por ciento en el mes de enero y del 2 por ciento en el mes de febrero del año 2026 a los contribuyentes que en los últimos dos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos para ese efecto.

Y brindar para el Ejercicio Fiscal 2026 una bonificación del 38 por ciento a favor de las personas de escasos recursos o condiciones de vulnerabilidad.

Tambien avalan bonificaciones en el impuesto predial

Las y los ediles aprobaron el Programa de Estímulos Fiscales para el ejercicio fiscal 2026 por concepto de impuesto predial, por lo que se autorizó una bonificación por concepto de pronto pago del 8 por ciento durante el mes de enero, 6 por ciento para el mes de febrero y del 4 por ciento durante el mes de marzo.

De igual manera se autorizó un estímulo por cumplimiento para los contribuyentes que en los dos últimos años hayan cubierto sus obligaciones fiscales dentro de los plazos establecidos para ese efecto, consistente en una bonificación adicional del 8 por ciento durante el mes de enero, del 6 por ciento en el mes de febrero, y del 2 por ciento en el mes de marzo.

Para el ejercicio fiscal 2026 se otorgará a favor de personas pensionadas o jubiladas, personas en situación de orfandad menores de 18 años, a través de las personas que legalmente los representen, de acuerdo con los ordenamientos aplicables y según corresponda; personas en situación de discapacidad, personas adultas mayores, personas viudas, madres o padres solteros sin ingresos fijos, y aquellas personas físicas cuya percepción diaria no rebase dos salarios mínimos generales vigentes, así como a aquellas personas liberadas con motivo de amnistía estatal, una bonificación en el pago del impuesto predial del 34 por ciento.

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