- La pena se agravará hasta en una tercera parte de la sanción, cuando la víctima presente señales de saña relacionadas con su identidad o expresión de género
Por Juan Ignacio Corro
Ciudad de México a 23 agosto 2024
El Jefe de Gobierno Martí Batres explicó que la llamada “Ley Paola Buenrostro” establece penas más severas en comparación con el homicidio y homicidio calificado. Se incluyó una serie de agravantes que aumenta en un tercio la sanción de prisión a quien atente contra una mujer trans.
Batres Guadarrama encabezó la publicación en la Gaceta Oficial del Decreto de reformas para tipificar el delito de transfeminicidio en la Ciudad de México, con sanciones que van de los 35 a los 70 años de prisión, y de esta forma avanzar en la construcción de garantías para que las personas de la comunidad LGBTTTIQ+ ejerzan plenamente sus derechos.
Remarcó que con u publicación no solo se hace una reforma formal, sino que se envía un mensaje claro a la sociedad: “la violencia contra las mujeres trans no será tolerada en la Ciudad de México”.
Se define el transfeminicidio como el delito que comete quien, por razón de identidad de género o expresión de género, prive de la vida a una mujer trans o a una persona cuya identidad o expresión de género, real o percibida, se encuentre dentro del espectro femenino de género; además, las personas sentenciadas por transfeminicidio serán añadidas por un lapso de 10 a 30 años en el Registro de Personas Agresores Sexuales.
El transfeminicidio se castigará con una pena que va de 35 a 70 años de prisión, o sea, la pena, la sanción, el castigo es mucho mayor”, destacó.

La pena, dijo, se agravará hasta en una tercera parte de la sanción, cuando la víctima presente señales de saña relacionadas con su identidad o expresión de género; cuando el delito sea cometido en el contexto de trabajo sexual; cuando sea cometido por dos o más personas; cuando sea cometido en presencia de una o más personas con quienes la víctima tuviere un vínculo de parentesco, afectivo, laboral o de confianza.
Además, cuando la víctima sea menor de edad, adolescente, persona con discapacidad o persona adulta mayor; cuando la víctima sea una persona en situación de calle, y cuando haya recibido amenazas de muerte relacionadas con su identidad o expresión de género, ya sea de forma presencial o virtual.
En su intervención, el director general de Diversidad Sexual y Derechos Humanos en la Secretaría de Bienestar e Inclusión Social (SEBIEN), Jaime Morales Beltrán, aseguró que con la publicación de la Ley ‘Paola Buenrostro’ se da un paso hacia la protección y reconocimiento del derecho a la vida libre de violencia, a una vida digna y plena, sin miedo a vivir libremente la propia identidad de género”, señaló.
“Este logro es una muestra clara y contundente del compromiso de las y los legisladores a favor de la transformación de la ciudad y del país, como han sido

En tanto, la activista Kenya Cuevas Fuentes, recordó la lucha iniciada a partir del transfeminicidio de su amiga Paola Buenrostro, y subrayó que esta es una batalla ganada por toda la comunidad.
La activista Natalia Lane dijo que es importante tipificar el transfeminicidio porque visibiliza una forma específica de muerte de las mujeres trans, y pidió que se avance en garantizar el acompañamiento a las víctimas, la reparación y no repetición del daño tanto a mujeres y hombres trans, así como a personas no binarias.
“Necesitamos una justicia que repare, que sane, que acompañe a las víctimas y a las sobrevivientes, que nos escuche”, afirmó




