- Los límites de aportaciones individuales se basaron en las candidaturas independientes a una diputación local conforme a la elección de 2024
Por Juan Ignacio Corro
Toluca, Estado de México a 8 de abril de 2025
El Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) avaló los topes de gastos de campaña personales a los 91 cargos durante el Proceso Electoral Judicial Extraordinario, en la que se elegirá, entre otros cargos, a la o él Presidente del Tribunal Superior de Justicia de la entidad, cuyo límite de gasto será de 1 millón 600 mil pesos.
A su vez, el Consejo General del IEEM avaló 266 mil pesos de gastos personales de campaña para las Magistraturas y 82 mil para Juezas y Jueces, cifras que “resultan equitativas para las y los contendientes”.
Durante la presentación del Acuerdo para determinar los topes de gastos personales de campaña para candidaturas en el marco del Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 del Estado de México, la Consejera Presidenta del IEEM, Amalia Pulido Gómez estimó que los montos representan “un piso parejo conforme a los principios de certeza y equidad que deben regir toda elección”.
Durante la sesion del Consejo General aseguró que en democracia la garantía para una competencia representa que las personas contendientes tengan condiciones para competir de manera real y efectiva; en consecuencia, resaltó, “fijar límites es imprescindible para evitar ventajas indebidas”.
Explicó que el techo establecido por el IEEM cumple con lo dispuesto en el Código Electoral Mexiquense en cuanto a que dichos egresos no podrán ser mayores al límite de aportaciones individuales que pudieron realizar las personas candidatas independientes a diputaciones en la última elección y que deberán ser determinados en el tipo de cargo a elegir.
Consignó que el los límites máximos y mínimos “son idóneos, proporcionales y necesarios” para avalar una contienda en la que se cumplan con los principios constitucionales que regulan las elecciones.
Los techos se ajustan a la nueva normatividad electoral judicial
La fórmula empleada considera variables esenciales como son: la geografía electoral; el tamaño del electorado; el cargo elegir; así como las restricciones en materia de financiamiento y los gastos permitidos para el desarrollo de las actividades de campaña.
Agregó que se contemplan prohibiciones específicas como la contratación de espacios de promoción en medios de comunicación, ya sean digitales, electrónicos o impresos, por ello la única forma de difusión permitida es a través de propaganda en papel.
Se tomó en cuenta la función de cada tipo de elección y la territorialidad
Al referirse al proyecto de Acuerdo, la Consejera Electoral del IEEM, Karina Ivonne Vaquera Montoya, estableció que los topes de gastos personales de campaña para las personas que comenzarán su campaña en el Estado de México el 24 de abril de acuerdo, derivaron en función de cada tipo de elección y a la territorialidad en la que se llevará a cabo.
La Consejera Electoral Paula Melgarejo Salgado recordó que la normatividad del Código Electoral del Estado de México refiere la prohibición de recibir financiamiento público y privado; “lo único permitido son los gastos personales que las y los candidatos puedan erogar”, acotó.
Coincidió en que el parámetro utilizado, es decir, los límites de las aportaciones individuales que pudieron realizar quienes fueron candidatas o candidatos independientes a una diputación local en 2024 fue la fórmula más acertada, ya que recupera la media de los 45 distritos electorales y considera los distritos judiciales en los que habrá elección en 2025.
La Consejera Electoral Patricia Lozano Sanabria especificó que no sólo la fórmula fue decisiva para establecer la media de los topes de gastos personales, sino también factores como el tipo de elección; el cargo a elegir; el ámbito territorial y el electorado.
Dijo que tener esta visión ayudó a determinar los tipos de gastos personales para esta elección: un tope diferenciado cada tipo de elección o cargo a elegir que además consideró los criterios que estableció la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
Durante la Séptima Sesión Especial del Consejo General del Instituto Electoral del Estado de México (IEEM) se ratificaron los Formatos Únicos de la Documentación Electoral para el escrutinio y cómputo de los votos, así como el relativo al Protocolo para la detección, recolección, entrega e intercambio de paquetes, documentación y materiales electorales recibidos en órgano electoral distinto al competente para el Proceso Electoral Judicial Extraordinario 2025 del Estado de México.
También se aprobó el Procedimiento para la entrega de boletas y documentación electoral a los Consejos Judiciales Electorales, que establece las acciones necesarias para la preparación, distribución y entrega oportuna de estos insumos, mismo que tiene como objetivo garantizar su integración en los paquetes electorales y su entrega en tiempo y forma a las, Presidencias y Secretarías de los Consejos Judiciales Electorales para su posterior entrega a las Presidencias de las Mesas Directivas de Casilla Seccional Única (MDCSU)
En último lugar, esta Sesión aprobó la Sustitución una Coordinación del Secretariado de una Junta Judicial Electoral y el Procedimiento para la contratación de Capturistas de Cómputo en las Juntas Judiciales Electorales.




